Primero: Se decreta la aprehensión como flagrante de los imputados 1) Pedro Maria Molina Pérez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.955.982, natural de Santa Bárbara de Barinas, fecha de nacimiento 29-06-55, comerciante, residenciado en Santa Bárbara de Barinas, carrera 00 con calle 09, casa N° 10-09; 2) José Leonardo Molina García, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 17.358.382, fecha de nacimiento 15-03-86, natural de Santa Bárbara de Barinas, agricultor, residenciado en Santa Bárbara de Barinas, carrera 00 con calle 09, casa N° 10-09; 3) Daniel Ramírez Rosales, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°4.953.149, fecha de nacimiento 07-11-53, natural de Santa Bárbara de Barinas, residenciado en Santa Bárbara de Barinas, Barrio La Luisa, carrera 00 entre 17 y 18; 4) José Víctor Mora, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 3.035.428, fecha de nacimiento 19-03-42, residenciado en .....