PRIMERO: Se declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO, formulada por los ciudadanos Herges Antonio Duarte y Zoila del Carmen Mendoza Sánchez, supra identificados, con fundamento en el artículo 185-A del Código Civil.
SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior, se declara DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL por ellos contraído, en fecha 15 de mayo de 2010, por ante el Registro Civil del Municipio Barinas del Estado Barinas.
TERCERO: No se ordena notificar a los solicitantes, por cuanto el presente fallo se dicta dentro del lapso establecido en el artículo 10 del Código de Procedimiento Civil.