En Virtud de las razones antes expuestas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano: ANDRÉS ELOY VILLALTA CRUCES, venezolano mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.383.863 en contra de la parte demandada: "CENTRO HÍPICO LA GRAN EMPALIZADA"; inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas; en fecha: 25 de Octubre del año 2007, anotada bajo el Nº 110, tomo: 5-B de los libros respectivos. Representada legalmente por el Ciudadano: JOSE RUBÉN MARTÍNEZ SANDIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-11.713.851. SEGUNDO: se condena a la parte demandada antes identificada a pagar a la demandante la.....