Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas del Circuito Judicial Civil de la Circunscripción Judicial Del Estado Barinas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE El Recurso de Amparo Constitucional por prestación de servicios públicos, intentado por el Abogado PEDRO PABLO GONZALEZ, cédula de identidad Nº V-8.144.984, actuando en su propio nombre, sin representación de abogado, contra la Alcaldía del Municipio Barinas, en la persona del Alcalde JOSE LUIS MACHIN MACHIN, y de la empresa prestadora del servicio de agua potable ACUALBA C.A., representada por la ciudadana MARIA GEHINZ DIAZ, venezolana, mayor de edad, cedula de identidad Nº V-6.027.998 de este domicilio.
SEGUNDO: No se condena en costas dada la naturaleza de la presente decisión.
TERCERO: No se ordena notificar de la presente al accionante .....