Cuatro Mil Bolívares (Bs. F. 4.000,00) mensuales, por concepto de obligación de manutención a favor de su hijo. Lo cual hará quincenalmente, es decir Dos Mil Bolívares en cada quincena.
• Veinte Mil Bolívares (Bs. 20.000,00), como bonificación escolar, en los meses Agosto-Septiembre.
• Veinte Mil Bolívares (Bs. 20.000,00), para el mes de diciembre, en ocasión de la época decembrina. La cantidad antes mencionada será Depositada los Primeros Quince días del Mes de Diciembre. La ciudadana. Alexandra Carolina Calderón Prato, se compromete en que al comprar la vestimenta del mes de diciembre, para el niño, las facturas de la misma, será consignada en el respectivo expediente.
En cuanto a los gastos médicos, será compartida en un cincuenta por ciento por ambos progenitores.