DECISIÓN
En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Superior del Trabajo tanto del nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Sin lugar el recurso de apelación interpuesto por el abogado Elibanio Uzcátegui el día 04 de Octubre de 2004 contra la Sentencia dictada por el Juzgado Primero del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas el día 30 de Septiembre de 2004.
SEGUNDO: Se confirma la Sentencia dictada por el Juzgado Primero del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas el día 30 de Septiembre de 2004.
TERCERO: No hay condenatoria en costas dado que consta en actas que el demandante alega devengar menos de tres salarios mínimos de conformidad con el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo
Publíquese, cúmplase con lo.....