VI
DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, esta Sala Especial Accidental de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Barinas; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; DECLARA: Primero: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado Jahir Humberto Moreno Materan, en su condición de Fiscal Provisorio Octavo del Ministerio Público, en contra de la decisión de fecha 17 de Diciembre de 2015, por el Juez Único de Juicio del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente de este Circuito Judicial Penal, a cargo del abogado José Macabeo González, mediante la cual acordó la medida de detención judicial preventiva que recae sobre el citado joven de conformidad con los artículos 581, parágrafo segundo, articulo 582 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes, por la media cautelar menos gravosa contemplado en el articulo 582, literal "a", de la Ley Org.....