En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN (FIJACIÓN) interpuesta por la Ciudadana: NINFA MARIA PEROZO PAREDES, venezolana, titular de la cédula de Identidad Nº V-12.551.323 de profesión abogada, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 174.476, actuando en representación propia, en contra del ciudadano JOSE RAMON RIVAS GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-9.406.879 de profesión abogado, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 212.288, actuando en representación propia, padres de la niña IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, nacida en fecha 23/10/2014, de 02 años de edad.