En mérito de las razones de hecho y de derecho que anteceden, este Juzgado del Municipio Antonio José de Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de Obligación Alimentaria, interpuesta por la ciudadana JHOANDRIS CAROLINA MENDOZA RIVERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-18.641.993, domiciliada en el Barrio Los Naranjos, de la población de Socopó del Estado Barinas, en contra del ciudadano JOSE GONZALO BOLAÑOS CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.545.765, domiciliado en Mijagual, labora en la quesera propiedad del Señor Chelo del Estado Barinas, a favor de los niños ENDER JOSE y EDDITH JUNIOR BOLAÑOS MENDOZA, en consecuencia se fija la pensión de alimentos en la cantidad de CIEN MIL BOLIVARES (Bs. 100.0.....