Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado en ejercicio Jesús Antonio Dávila Guillén, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 26.665, en su carácter de co-apoderado judicial de la parte actora, contra la decisión dictada por el Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en fecha 07 de enero de 2.008, la cual declaró sin lugar la demanda.
SEGUNDO: Declara SIN LUGAR la demanda de daños y perjuicios, intentada por el ciudadano Ihsan Al Hajali Al Hajali, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-25.075.116, debidamente asistido por el abogado en ejercicio Jorge Álvarez, inscrito en el Inprea.....