este Tribunal Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región de Los Andes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, NIEGA el RECURSO DE CASACIÓN, anunciado por la Abogada MARÍA ALEJANDRA RONDÓN QUIROZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 115.174, actuando con el carácter de Apoderada Judicial de la parte demandada, contra la decisión dictada por este Órgano Jurisdiccional en fecha 11 de Junio de 2009, mediante la cual se negó por improcedente el decreto de la existencia de prejudicialidad solicitado por la mencionada Abogada.