PARTE DISPOSITIVA
En mérito a las consideraciones que anteceden, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS EZEQUIEL ZAMORA Y ANDRES ELOY BLANCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: INADMISIBLE la Querella Interdictal de Amparo interpuesta por la ciudadana MATILDE VARGAS MENDEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-12.463.076, en contra de la ciudadana ANGELINA VARGAS MENDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-16.858.501.
SEGUNDO: La presente decisión ES APELABLE en ambos efectos.
TERCERO: Por la naturaleza del fallo no hay especial condenatoria en costas.
CUARTO: La presente decisión es apelable en ambos efectos en orden a lo previsto en el artículo 341 del Código de Procedimiento Civil.
Finalmente, por cuanto la presente .....