DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de primera Instancia en función de Juicio Mixto Nro. 3 administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, y de conformidad con los Artículos 364 y 365 del COPP, pasa a decidir de manera unánime, en los siguientes términos: PRIMERO: POR UNANIMIDAD este Tribunal Mixto N° 03, CONDENA al ciudadano JESÚS ANTONIO BASTIDAS GONZÁLEZ, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° V-18.906.327, de 24 años de edad, nacido en Mérida Estado Mérida, en fecha: 09/06/83, ayudante de albañil, hijo de Coromoto González (v) y de Jesús Bastidas y residenciado en la Urbanización Moromoy III, Calle 03, Casa 11, Barinitas, Estado Barinas; a cumplir la pena de NUEVE (09) AÑOS DE PRESIDIO, más las accesorias de Ley correspondientes; por la comisión de por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, EN GRADO DE COAUTOR, previsto y sancionado en el artículo 5, en concordancia.....