En mérito de las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO formulada por los ciudadanos María de los Ángeles Nava Nava y Joel José Triviño Mory, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de Identidad Nros 18.123.438 y 16.791.983, en su orden, con fundamento en el artículo 185-A del Código Civil y en consecuencia DECLARA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL matrimonio civil, en fecha veintitrés (23) de junio del año dos mil siete (2.007), por ante El Registro Civil del Municipio Cardenal Quintero (Santo Domingo) del estado Mérida, inserta al folio cuatro (04).