Por las razones de hecho y de derecho anteriormente, expuestas, éste Tribunal Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, y Bancario del Circuito Judicial Civil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara INADMISIBLE, el Recurso de Hecho interpuesto por el abogado en ejercicio Cesar Augusto Ramírez Rodríguez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad personal número V- 3.916.197, inscrito en Inpreabogados bajo el Nº 83.723, quien dice actuar en su carácter de Apoderado Judicial de la ciudadana: Flor de María Moreno, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad personal número V- 9.265.042, Licenciada en educación, con domicilio en la Urbanización Alto Barinas Norte, Avenida Los Llanos, Conjunto Residencial Alto Lar, Calle 3C, Casa Nº 313-B, Barinas estado Barinas, contra el AUTO de fecha 16 de julio de 2018, según la cual Neg.....