DISPOSITIVA
Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, este Tribunal Primero de Control de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente, del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas DECRETA: EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, CONFORME AL ARTICULO 562 De la Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Adolescente, en la presente causa 1C-1196/2005, seguida a la Adolescente, IDENTIDAD OMITIDA CONFORME A LA LEY por la presunta comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES LEVES, contemplado en el Artículo 418 del Código Penal Venezolano vigente, en perjuicio del ciudadano, RAMON ANTONIO GONZALEZ CORDERO venezolano, de 38 años de edad titular de la Cédula de Identidad N° 10.635.616 y residenciad en el Barrio El Banquito del Municipio Pedraza, de esta ciudad da Barinas, Notifíquese a las partes del SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, EL CESE DE LA CAUSA Y DE TODA MEDIDA CAUTELAR IMPUESTA A OCAÑA DEL VALLE y una vez recibida .....