REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
201° y 152°
Barinas, 07 de Noviembre de 2011.
Verificada como fue en el día de despacho jueves veintisiete (27) de octubre de 2011, la Audiencia Preliminar en la presente causa, de conformidad con el artículo 220 de Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, este Tribunal pasa a pronunciarse así:
PRIMERO: De conformidad como ha quedado trabada la litis, a tenor de lo alegado por las partes en la demanda, en la contestación y en la audiencia preliminar, se concluye que el límite de la relación sustancial controvertida, lo constituye el hecho de determinar:
¿ Si los ciudadanos LEONEL AYALA MOLINA Y DECCY COROMOTO MOLINA ALVARADO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° 14.371.459 y 9.181.819, de manera violenta y dolosa irrumpieron en parte de la finca San José y se apropiaron de cie.....