este Tribunal Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Región de Los Andes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 19 aparte 18 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, DECLARA DESISTIDO, el RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la Abogada SAMIA HARB AYOUBI, titular de la cédula de identidad N° V-6.290.745, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 44.385, actuando con el carácter de Co-Apoderada Judicial de la parte recurrente, en el RECURSO DE NULIDAD, interpuesto por la EMPRESA COMERCIAL HERNÁNDEZ Compañía Anónima, representada por el ciudadano JOSÉ OSCAR HERNÁNDEZ, titular de la cédula de identidad N° V-188.852, contra la Resolución N° 312, de fecha 10 de Abril de 2008, emanada de la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO SAN CRISTÓBAL DEL ESTADO TÁCHIRA.