este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Los Andes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Improcedente el amparo cautelar solicitado por el Abogado Arnem José Mogollón Núñez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 82.552, actuando con el carácter de Apoderado Judicial de la Sociedad Mercantil "SERVICIO ANDINO DE DISTRIBUCIÓN SODICA, C. A.", contra la Providencia Administrativa Nº 881-2009, dictada en fecha 11 de Agosto de 2009, por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO "GENERAL CIPRIANO CASTRO" DEL ESTADO TÁCHIRA.
SEGUNDO: Improcedente la solicitud subsidiaria de Suspensión de Efectos.