CONDENA al acusado JESUS PASCUAL OROZCO LEDEZMA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V.-13.500.846, natural de Barinas, soltero, fecha de nacimiento 08-07-1976, residenciado en la calle Aranguez, Barrio San José, casa N° 9-67 de la Ciudad de Barinas, a cumplir la pena de Cuatro (04) años de presidio mas las accesorias de ley establecidas en el artículo 13 del Código Penal por la comisión del delito de Robo Propio previsto y sancionado en el artículo 457 del Código Penal en perjuicio del ciudadano Jonathan Alexander Zerpa Villamizar. SEGUNDO: De conformidad con lo establecido en el artículo 367 del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud de que el acusado se encuentra privado de su libertad por un proceso que cursa ante el Tribunal de Control No 06 del éste Circuito Judicial Penal, se mantiene dicha medida en virtud de la sentencia condenatoria, la cual deberá ser cumplida en el Internado Judicial del Estado Barinas. TERCERO: Se libra boleta de encarcelación a.....