En mérito de las consideraciones antes expuestas este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los términos siguientes:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR, la Inserción de la Partida de Nacimiento de la ciudadana: OLIVA DEL CARMEN ROA.
SEGUNDO: Como consecuencia de la anterior declaratoria, queda formalmente establecido que la ciudadana OLIVA DEL CARMEN MOLINA ROA, y que nació el trece (13) de Noviembre del año 1.952, en la población de Chirichiri, Parroquia Santa Bárbara, del Municipio Ezequiel Zamora, del Estado Barinas, siendo sus padres los ciudadanos PEDERO MARIA MOLINA Y ISABEL ROA, venezolanos, mayores de edad. TERCERO: Se ordena la INSERCIÓN de la presente sentencia en los libros de Registro Civil de Nacimientos llevados por la Prefectura del Municipio Ezequiel Zamora, del estado.....