Este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Los Andes, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE para conocer del Recurso de Nulidad conjuntamente con Amparo Cautelar, interpuesto por el ciudadano Luis Aroldo Briceño Guedez, titular de la cédula de identidad N° 14.996.656, por intermedio de su apoderado judicial abogado Erles Andrés Briceño Guedez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 137.443, contra la Inspectoría del Trabajo del Estado Barinas y declina la competencia en el Juzgado de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas. Déjese transcurrir el lapso de Cinco (5) días de despacho, a los efectos de la regulación de la competencia, vencido el cual se remitirá con oficio.