Por los fundamentos expuestos este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR EL ARTÍCULO 185-A DEL CÓDIGO CIVIL, propuesta por los ciudadanos FRANKLIN JOSÉ PALMA AYALA y MIRLENY DEL VALLE SALAZAR YEE, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad números V-7.964.418 y V-10.089.340, respectivamente, domiciliados en esta ciudad de Cabimas del Estado Zulia, asistidos por el abogado en ejercicio GABRIEL GONZÁLEZ YEE, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 32285, y domiciliado en esta ciudad de Cabimas del Estado Zulia, y en consecuencia, DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL por ellos contraído el día primero (1º) de julio de 2000, por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Carmen Herrera, del Municipio Autónomo Cabimas del Estado Zulia;.....