Por las razones expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara inadmisible la acción de amparo constitucional incoada por el ciudadano Deyvis Evelio Rea Alvarado, titular de la cédula de identidad Nro. V- 13.313.308, contra la sociedad mercantil nominada "PDVSA C.A."