QUINTO: Los penados podrán solicitar cualquiera de las formas de cumplimiento de pena, incluyendo la Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio de conformidad al Artículo 508 del Código Orgánico Procesal Penal. Los penados podrán solicitar el beneficio del Destacamento de Trabajo (1/4 partes de la pena) en fecha 08/03/2011, el Establecimiento Abierto (1/3 partes de la pena) en fecha 18/05/2012; Podrán optar a solicitar el Indulto Presidencial (1/2 partes de la pena) en fecha 08/10/2014; podrán solicitar el beneficio de la Libertad Condicional (2/3 partes de la pena) en fecha 28/02/2017 y el Confinamiento (3/4 partes de la pena) en fecha 08/05/2018.
Notifíquese al Fiscal de Derechos Fundamentales y Ejecución de Sentencias del Ministerio Público de este Estado, al Defensor así como al penado de autos. Líbrese copia certificada de la Sentencia Definitiva y de este cómputo al Director del Internado Judicial Penal del Estado Barinas. Líbrese copia certificada de la Senten.....