PRIMERO: Se declara COMPETENTE, para conocer del presente recurso de apelación.
SEGUNDO: Declara DESISTIDA LA APELACIÓN interpuesta en fecha 09-12-2014, por el ciudadano Henri Neponuceno Novoa Díaz, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.260.682, parte codemandado, contra la decisión dictada en fecha 02-12-2.014, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas.
TERCERO: Como consecuencia de la anterior declaratoria, se CONFIRMA la decisión dictada en fecha 02-12-2.014, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, mediante la cual declaró parcialmente Con Lugar la demanda por ACCIÓN POSESORIA POR RESTITUCIÓN A LA POSESIÓN, interpuesta por la Sociedad Mercantil AGROPECUARIA CAJARITO C.A., en contra de los ciudadanos VÍCTOR JESUS PULIDO AGUIRRE, GABRIEL DARÍO ALOMÍA GOMEZ, WILDER AVENDAÑO ALARCON y HENRI NEPONUCENO NOVOA DÍAZ, titulares de las cedu.....