éste Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la acción de REVISIÓN A LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, interpuesta por la ciudadana OLIVIA DEL CARMEN CASTILLO VIVAS, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V.-17.549.936, asistida por la Defensora Publica Primera Kalidia Santander Baloa, inpreabogado 58.482, en contra del ciudadano RICHARD JOSÉ URIBE, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad número V.-12.516.322. SEGUNDO: Se aumenta las cantidades de dinero por concepto de obligación de manutención fijadas en sentencia de fecha 18-01-2.016, quedando así modificadas las cantidades allí señaladas, por tanto a partir del mes de Enero de 2.017, el ciudadano RIC.....