DISPOSITIVA
En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta el presente decreto en los siguientes términos:
PRIMERO: se declara COMPETENTE para conocer de la presente solicitud de Medida Autónoma de Protección a la Producción Agroalimentaria.
SEGUNDO: Declara CON LUGAR LA MEDIDA CAUTELAR DE PROTECCION A LA PRODUCCION AGROALIMENTARIA, ejercida sobre el predio denominado "VISTA HERMOSA", ubicado en Sabanas de Anaro, Sector Mata de topocho, Municipio Antonio José de Sucre del estado Barinas, con una extensión CIENTO TREINTA Y CINCO HECTAREAS CON CUATRO MIL TRESCIENTOS TRES METROS CUADRADOS (135 has CON 4.303 m2) aproximadamente, cuyos linderos son: Norte: Con Terrenos que son o fueron por Martin García: Sur: Terrenos que son o fueron de Leandro Pernía : Este: vía princip.....