DECISIÓN EXPRESA POSITIVA Y PRECISA
En fuerza de las motivaciones de hecho y de derecho que preceden, este Juzgado Tercero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer la presente acción.
SEGUNDO: SE DECLARA CON LUGAR la demanda por RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO, incoado por la ciudadana MAIBELIN MOLINA DIAZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad № V-30.006.163, en contra de los ciudadanos JOSE ORMIDAS RAMIREZ CARRERO y YONISMAR PERNIA DE RAMIREZ venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nº V-12.487.135 y V-13.013.231, respectivamente.
TERCERO: Se declara reconocido en cuanto al contenido y firma el instrumento Privado, emanados por los ciudadanos JOSE ORMIDAS RAMIREZ CARRERO y YONISMAR PERNIA DE RAMIREZ venezolanos, mayores de edad,.....