En consecuencia, al no haber demostrado la parte demandada en esta causa, el pago o hecho extintivo de la obligación cambiaria cuyo pago aquí se reclama, es por lo que resulta forzoso para esta juzgadora considerar que la pretensión de cobro de bolívares ejercida debe prosperar; Y ASÍ SE DECIDE.
Publíquese y Regístrese.
PRIMERO: Declara CON LUGAR la demanda de cobro de bolívares por intimación intentada por el ciudadano Michael Alexander Carreño Sánchez, contra la Empresa Mercantil Centro Agroturístico Los Aromas de mi Campo, C.A, inscrita por ante el Registro Mercantil Primero del Estado Barinas, en fecha 18 de mayo de 2010, bajo el Nº 18, Tomo 7-A, de los Libros respectivos, representada por el ciudadano Edgar José Chirinos, todos ya identificados.
SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior, se condena a la parte demandada a pagar al actor las siguientes sumas de dinero: un millón de bolívares (Bs. 1.000.000,00, por concepto del monto total del cheque; más la suma de doscie.....