DECISIÓN
Este Juzgado Superior del Trabajo del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación intentado por la parte demandante, en contra de la sentencia de fecha 16 de Abril de dos mil ocho, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia de fecha 16 de Abril de dos mil ocho, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio, y por tanto, se declara sin lugar la demanda.
TERCERO: No hay condenatoria en costas
CUARTO: Remítase el presente expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas a los efectos de que se distribuida la presente causa, entre los Juzgados de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejec.....