este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, ORDENA: EJECUTESE LA SENTENCIA Y HÁGASE EL CÓMPUTO DE LEY. A tales efectos: Se determina que el adolescente supra identificado, fue sancionado por la comisión de los delitos de: HOMICIDIO CALIFICADO EN EJECUCION DE ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTORIA. LESIONES INTENCIONALES TIPO BASICAS y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previstos en los artículos 406, ordinal primero, en relación con los artículos 83, 413 y 218, todos del Código Penal Venezolano Vigente, en perjuicio de los ciudadanos; Félix Ramón Niño Becerra, Jesús María Niño Becerra, Xavier Orlando Niño Becerra, José Orlando Niño Becerra y El Estado Venezolano, a cumplir la medida prevista en el artículo 620, literal "f", en concordancia con el artículo 628 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, que consiste en la PRIVACION DE LIBERTAD. La medida impuesta será cumplida en forma inmediata, por el lapso d.....