Por todo lo anteriormente expuesto, este tribunal de primera Instancia en función de Juicio Mixto Nro. 3 administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, y de conformidad con los Artículos 364 y 365 del COPP, pasa a decidir de manera unánime, en los siguientes términos:
PRIMERO: Se condena al ciudadano RICHARD RAFAEL QUINTERO PEÑA, SUPRA IDENTIFICADO, a cumplir la pena de VEINTE (20) años de Presidio. Por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO ALEVOSO, previsto y sancionado en el Artículo 408 ORDINAL 1° del Código Penal, en perjuicio del ciudadano GABRIEL ANTONIO MORILLO (OCCISO)
SEGUNDO: Se condenan a cumplir las penas accesorias legales establecidas en el Artículo 13del Código Penal.
TERCERO Se condenan al pago de las costas procesales de conformidad con el Artículo 267 del COPP.
CUARTO: Para la aplicación de las penas impuestas se tomaron en cuenta las circunstancias establecidas en los Artículos 408 ordinal 1°.....