DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho antes descritas, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Declara: PRIMERO: Se admite la aplicación del procedimiento por admisión de los hechos establecido en el Art. 376 segundo aparte del Código Orgánico Procesal Penal, según gaceta oficial extraordinaria N° 5930 de fecha 04 de Septiembre del 2009. SEGUNDO: CONDENA al ciudadano IVO EVELIO ARMAO SEQUERA, Venezolano, de 27 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-18.906.308 (No Porta), nacido el 31/03/1984 en Obispos Estado Barinas, hijo de María Efigenia Sequera (F) y de Pastor Antonio Armao (F), residenciado en el Barrio El Silencio, calle 01, casa azul, alado de la Manga de Coleo, Curbatí, Estado Barinas, a cumplir la pena de TRECE (13) AÑOS, SEIS (06) MESES Y DIEZ (10) DIAS DE PRISION, más las accesorias de ley establecid.....