DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente señaladas, oída la exposición de las partes este Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio N° 01, Con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, decreta: PRIMERO: Admite la Acusación fiscal; así como los medios probatorios ofrecidos y ratificados en éste acto, por la presunta comisión de los delito de VIOLENCIA FÍSICA previsto y sancionado en el artículo 17, de la Ley de Violencia Contra de la mujer y la familia, en perjuicio de la ciudadana Miriam Yory Álvarez. SEGUNDO: Se Admite la aplicación de la Alternativa a la Prosecución del Proceso prevista en el Art. 43 del Código Orgánico Procesal Penal como es la Suspensión Condicional del Proceso. TERCERO: En consecuencia el ciudadano JAIRO JAIMES, venezolano, soltero, de 40 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 14.282.895, de profesión u oficio c.....