ORDENA EL AUTO DE APERTURA A JUICIO ORAL Y PUBLICO, contra los acusados YORIS MERCEDES ARMAO SEQUERA, Y CARLOS ALBERTO POLANCO TORRES, , por la comisión del delito de TRAFICO EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el Artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes Y Psicotrópicas para la ciudadana Yoris Mercedes Armao , y al Ciudadano CARLOS ALBERTO POLANCO TORRES, la misma calificación pero en GRADO DE COOPERADOR INMEDIATO, en la comisión del delito de previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica sobre Sustancia Estupefacientes , en perjuicio del Estado Venezolano