DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana ARELIS ESTELA ROMERO TOVAR, titular de la cédula de identidad Nº V-10.738.976 contra ASOCIACION COOPERATIVA "SEGURIDAD 2050 R.L.", y solidariamente contra los ciudadanos MARCOS ANTONIO ARTEAGA VILLALOBOS y SILVANO RANGEL CASTRO, titulares de la cedula de identidad Nº V-7.862.156 y V-9.288.089 respectivamente.
En consecuencia, se ordena pagar la cantidad de CIENTO TREINTA MIL DOSCIENTOS VEINTICUATRO BOLIVARES CON OCHENTA Y SEIS CENTIMOS (Bs. 130.224,86). Así como los Intereses sobre Prestaciones Sociales, Intereses de Mora y Corrección Monetaria en los términos expuestos en la motiva del presente fallo, a cuyos efectos se ordena experticia complementa.....