DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto este Tribunal Único de Ejecución de violencia contra la mujer del Circuito Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NIEGA la concesión de la Medida Alternativa de Cumplimiento de Pena llamada DESTACAMENTO DE TRABAJO a la penada : ZORAIDA MILAGRO GONZALEZ ROMERO, (no porta la cedula de identidad manifestando que se la retuvieron los funcionarios) dice ser venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V-23.706.020 de 20 años de edad, nacido en Trinidad de Orichuna Estado Apure, en fecha 24/10/85, ocupación DOMESTICA hija de María González (v) y de José Peraza (v), residenciada: La trinidad de Orichuna, calle El Trompillo, casa Nº 06, estado Apure Teléfono 0416/4769699 Apure Estado Apure. Actualmente recluido en el Internado Judicial del estado Barinas, por no optar a la misma de acuerdo a lo establecido en el artículo 488 parágrafo segundo.....