Este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Los Andes actuando en sede Constitucional en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Se declara REVOCADA la decisión de fecha 25 de octubre de 2012, dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida.
SEGUNDO: Se declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por la ciudadana Dayana del Valle Castro Arenas, titular de la cédula de identidad Nº V-15.775.709, asistida por el abogado Carlos Guillermo Portillo Arteaga, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 117.913, contra el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (I.V.S.S.).
TERCERO: Se declara como no transcurrido a los efectos del lapso de caducidad para la interposición de la querella funcionarial, el lapso comprendido desde el 14 de junio de 2.....