en consecuencia DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído por ante la Prefectura del municipio Pedraza del estado Barinas, en fecha 09-03-2007, como se evidencia en copia certificada del acta de matrimonio Nº 32, folio 70, Tomo I, año 2007, expedida por la Oficina de Registro Civil Municipal Pedraza, Parroquia Ciudad Bolivia, estado Barinas, en fecha 06-08-2025, cursante en los folios cuatro (04) y cinco (05) con su respectivo vuelto del presente expediente.
Siendo esta una Sentencia fundamentada en el Criterio Jurisprudencial antes citado; visto que la misma es de mero derecho y no contenciosa y por cuanto no opera medio recursivo alguno, ni ordinario ni extraordinario se DECLARA DEFINITIVAMENTE FIRME.
Remítase mediante oficios, copias certificadas del presente fallo, al Registro Civil de la Parroquia Ciudad Bolivia, Municipio Pedraza del estado Barinas y otro al Registro Principal del estado Barinas, conforme a lo dispuesto en los artículos 3 numeral 2º y 152 de la Ley O.....