DECISION
Por razones antes expuestas, este  Tribunal Primero Superior  de la Coordinación Laboral  de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando Justicia en  nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por  Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDO EL RECURSO DE  APELACION interpuesto por la parte demandada contra la decisión dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas en fecha 18 de octubre de 2.010.
SEGUNDO: SE CONFIRMA, la decisión proferida por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución  de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas en fecha 18 de octubre del 2.010.
TERCERO: Remítase el presente expediente al Tribunal de origen, a los fines que continúe el curso legal correspondiente.  
	Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
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	Dada,.....