Por los motivos y razonamientos expuestos anteriormente este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Obispos, Cruz Paredes y Alberto Arvelo Torrealba de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO, celebrado entre los ciudadanos: YUDITH ALEXANDRA FERRER, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-18.225.159, domiciliada en sector el Nazareno del Municipio Cruz Paredes del Estado Barinas, teléfono: y WILFREDO ANTONIO UZCATEGUI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.813.395, domiciliado en el sector Buena Vista de la Población de Barrancas, Municipio Cruz Paredes del Estado Barinas, en los términos por ellos señalados