DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana DANNI BETILDE VELAZQUEZ HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-10.561.359 contra la LAVANDERIA AUTOMATICA EXPRESS ANGELINA, F.P.
En consecuencia, se ordena pagar la cantidad de TREINTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO BOLIVARES CON CINCUENTA Y SIETE CENTIMOS (Bs. 39.595,57). Así como los Intereses sobre Prestaciones Sociales, Intereses de Mora y Corrección Monetaria en los términos expuestos en la motiva del presente fallo, a cuyos efectos se ordena experticia complementaria del fallo.
Dada la anterior declaratoria se condena en costas a la parte demandada.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dado, Firmado, Sellado y Refrendado e.....