D I S P O S I T I VA
Por las razones antes expuestas, este Juzgado de Control N°5 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CALIFICA COMO FLAGRANTE, la aprehensión del imputado Keni Alexander Nieto Córdova ampliamente identificado al inicio de esta decisión, por la presunta comisión del delito de Posesión de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el articulo 34, de la Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, conforme a lo previsto en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal. DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA al mencionado imputado, de conformidad con el artículo 256 numeral 3 ° y 9° eiusdem. SE ORDENA LA APLICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO ORDINARIO. Se ordena la libertad del imputado por medio de boleta.