En mérito de las razones de hecho y de derecho que anteceden, este Juzgado del Municipio Antonio José de Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República 1Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA DE AUMENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, incoada por la ciudadana SANCHEZ MORELLA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.368.079, en contra del ciudadano RAFAEL ÁNGEL RAMÍREZ VERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.642.744, a favor de la niña FLORANGEL DANIELA RAMIREZ SANCHEZ, en consecuencia se fija la suma de CIEN MIL BOLIVARES (Bs. 100.000,00) mensuales, a partir del mes de febrero del año en curso, mas una bonificación especial, por la cantidad de DOSCIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 200.000,00), con ocasión a las festividades navideñas y el cincuenta por ciento (50%) en.....