Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el apoderado judicial de la parte actora Abg. José Ramón España Márquez, contra la sentencia interlocutoria dictada en fecha 02 de agosto de 2.016, por el Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas. Se Confirma la Sentencia dictada por el Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en fecha 02 de agosto de 2016, donde declaro la Perención de la Instancia de conformidad con lo establecido en el artículo 267 numeral 1 del Código de Procedimiento Civil.