D I S P O S I T I V A
Por las razones anteriormente expuesta este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Nuevo Régimen y del Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES, incoada por el ciudadano ANTONIO JOSE COLMENARES RIVAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.510.713 contra la sociedad mercantil "INVERSIONES 8626, C.A.", y solidariamente contra la sociedad mercantil "ALMACENES X, C.A.".
En consecuencia, se condena a la empresa demandada "INVERSIONES 8626, C.A.", y solidariamente la sociedad mercantil "ALMACENES X, C.A." al pago de la cantidad de ONCE MIL CIENTO NOVENTA Y UN BOLIVARES CON CUARENTA Y UN CENTIMOS (Bs. 11.191,41). Así como, los intereses de mora en los términos expuestos en la motiva del .....