SE DECLAR0: CON LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por el abogado JESUS ALBERTO BOSCAN PÉREZ, en su condición de defensor privado de los acusados: JHON JAIRO RODRIGUEZ DE LA CADENA Y RUBEN DARIO BAEZ BAEZ, contra la sentencia publicada en fecha 13/11/2008, por el Tribunal Segundo de Juicio de este Circuito Judicial Penal del Estado Barinas. En consecuencia, se ANULA de nulidad absoluta la referida decisión y se acuerda remitir el presente expediente al Tribunal de origen en virtud de que a cargo del mismo se encuentra un juez distinto a quien dictó el fallo que aquí se anula. Todo de conformidad con lo establecido en los Artículos 49 numeral 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 190, 191, 456 y 457 del Código Orgánico Procesal Penal.