IV
                                               DECISION
Por las  razones antes expuestas, este  Tribunal Primero Superior  de la Coordinación Laboral  de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando Justicia en  nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por  Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDO EL RECURSO DE  APELACION interpuesto por la parte demandada en contra de la decisión de fecha: 16 de Febrero del año 2016, dictada por el Juzgado Tercero  de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución  de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas.
SEGUNDO: SE CONFIRMA, la decisión proferida por el 16 de Febrero del año 2016, dictada por el Juzgado Tercero  de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución  de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas.
TERCERO: Remítase el presente expediente a la Unidad de Recepción y  Distribución de Documentos de la .....