DISPOSITIVA
En consecuencia este Tribunal de Primera Instancia actuando en función de Control Nº 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, : Condena por el Procedimiento de Admisión de los Hechos, de conformidad con el Artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal al Acusado JOSÉ ARGENIS VENEGA QUINTERO, venezolano, de 19 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 18.560.971, hijo de Teresa del Valle Quintero Monsalve y Argenis Venegas residenciado en el Barrio la candelaria, calle plaza, casa N° 24-12, Cerca del Centro Clínico Barinas, Barinas Estado Barinas, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 453 ordinal 4º del Código Penal Vigente, cometido en perjuicio del ciudadano NEZAR ABOU HAMRA. De igual forma cumplirá las penas accesorias contenidas en el Artículo 16 d.....